26/04/2019 Publicado en Obligaciones,Trámites

Registro diario de jornada


Por medio de la presente le comunicamos que a partir del 12 de mayo de 2019 entra en vigor una nueva obligación para las empresas en materia laboral, el reciente Real Decreto Ley 8/2019 publicado el día 12 de marzo, ha establecido la obligación de que la empresa lleve un registro diario de jornada.

Hasta ahora esta obligación afectaba solo a los trabajadores contratados a tiempo parcial, a partir del 12 de mayo será obligatorio para todos los trabajadores de la empresa.

 

FORMATO DEL REGISTRO DE JORNADA: la norma no especifica el formato de registro, por tanto, se podrá realizar en papel o digital, cada empresa elegirá el modo de hacerlo.

El registro será diario e incluirá el horario de inicio y fin en caso de jornada partida en mañana y tarde, y el tiempo de descanso para el bocadillo, y desglose de horas extraordinarias.

En caso de que el registro se realice en formato papel desde ACROMUR les proporcionaremos una plantilla, y los trabajadores tendrán que indicar hora de entrada y salida y al final de la jornada firmar.

En caso de utilizar el formato digital cada trabajador accederá  con su clave y usuario o registro de huella a la aplicación que la empresa adquiera para este fin. En el mercado hay numerosas aplicaciones que permiten realizar el registro de la jornada desde el ordenador, desde una aplicación móvil y con sistema de registro de huella.

 

OBLIGACION .- Obliga a todos los trabajadores de la empresa independientemente de su contrato, jornada o puesto de trabajo. Incluye también a los trabajadores que realizan su trabajo fuera del centro de trabajo, tales como comerciales, conductores, sector agrario, construcción, etc.

La empresa tendrá la obligación de conservar estos registros durante cuatro años.